Una de las formas de obtención de la nacionalidad española es por residencia, la cual exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición aunque este plazo se reduce a cinco años para aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.